REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 7 de diciembre 2006.-
Años 196º y 147º


Vista la solicitud de rectificación de partida de defunción presentada por la ciudadana MARISLENYS DEL VALLE SALAZAR MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.347.659, debidamente asistida por la ciudadana MORELLA GARCIA, abogada de la División de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y Justicia e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 29.236, y los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal la admite, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 770 “ eiusdem”, emplácese a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan por ante este Tribunal, en horas de despacho, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la publicación y consignación en el expediente que del Cartel se haga y el cual deberá ser publicado en el Diario “Ultimas Noticias”, a fin de que expongan lo que crean conducente con relación al presente Procedimiento. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público mediante boleta, anexándosele a la misma copia certificada del escrito de solicitud y sus recaudos, previo suministro de los fotostátos correspondientes los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Líbrese Cartel y boleta de notificación.
LA JUEZ

MARIA ROSA MARTINEZ CATALÁN.
LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMIREZ