República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, dieciocho (18) de diciembre de dos mil seis (2006)
Años: 196º y 147º

Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente a favor de los ciudadanos Joao Cachucho Joaquim de Sousa, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 6.079.621 y E- 893.861, sobre un terreno propio y la casa sobre el mismo edificada distinguida con el Nº 10, ubicada en la Calle La Paz, en jurisdicción de la Parroquia Antímano, departamento Libertador del Distrito Federal, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En una extensión de 9,97 Mts. con casa y terreno que es o fue de Porfirio de Andrade Fejioo; SUR: En una extensión de 9,50 Mts. con casa que es o fue de Esteban Parra; ESTE: En una extensión de 9,27 Mts. que es su frente con la Calle Paz; y OESTE: En una extensión de 9,47 Mts. con propiedad que es o fue de las Sras. Julia Sierra y Natalia Campos.- Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano John V. Ferrer Padrón. Cúmplase.-

El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte.

La Secretaria Acc.,

Maria Elena Rondón

En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-
La Secretaria Acc.,

Maria Elena Rondón




CSD/MER/Jose.-
EXP: No. S-06-1227.-