REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA CARACAS.
Caracas, ( 19 ) de Diciembre de 2006.-

196º y 147º

Vista la solicitud UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto MIGUEL ANGEL MORA VILLEGAS, a favor de los ciudadanos MIGUEL ANGEL MORA MEJIAS y GLADYS ELENA MORA MEJIAS, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 12.259.381 y V-14.197.787, respectivamente, asistidos por la abogada MAURA SOLORZANO, en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.787.- Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y de salida del Archivo dejándose copia certificada de la misma en el Archivo de este Juzgado y expidiéndose juego de copia a la parte solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ
EL SECRETARIO

JOSE OMAR GONZALEZ

EBG/JOG/Gustavo.-
Exp. N° S-5728