REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
AÑOS: 196° y 147°
Sentencia Definitiva
Expediente 23.520
PARTE ACTORA: DISTRIBUIDORA DE CARNES NECARLA II, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 22 de junio de 1.999, bajo el número 9, tomo 173-A-Sgdo.
APODERADOS JUDICIALES: VICKY NINOSKA HERRERA ROJAS, YEISON ALEXANDER SÁNCHEZ VELASQUEZ y JOSÉ ANTONIO MONTEIRO DA ROCHA, venezolanos, abogados en ejercicios, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-12.377.251, V-12.260.473 y V-1.406.858 respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 75.868, 82.250 y58.963 individualmente.
PARTE DEMANDADA: SUPERMERCADO MONTE VERDE C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 07 de noviembre de 1.977, bajo el número 32, tomo 138-A, modificados y refundidos sus Estatutos Sociales en un solo texto, según se evidencia de documento inscrito por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 01 de abril de 1.992, bajo el número 26, tomo 1-A-Sgdo en la persona de sus Directores-Gerentes ciudadanos JUAN NORBERTO FERNANDEZ DA SILVA y JOSÉ AGOSTINHO FERNANDS DA SILVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-5.229.428 y V-6.515.984.
APODERADO JUDICIAL: No consta en acta representación alguna.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES (Intimación).
Vista la diligencia que antecede de fecha 20 de Octubre de 2006, suscrita por la apoderada judicial de la parte actora en la presente causa, abogada VICKY NINOSKA HERRERA ROJAS, por medio de la cual desiste del presente procedimiento, este tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este órgano jurisdiccional de la demanda que por Cobro de Bolívares (Intimación), interpusieran los ciudadanos VICKY NINOSKA HERRERA ROJAS, YEISON ALEXANDER SÁNCHEZ VELASQUEZ y JOSÉ ANTONIO MONTEIRO DA ROCHA, actuando en su condición de apoderados judiciales de la parte actora DISTRIBUIDORA DE CARNES NECARLA II, C.A., en contra de SUPERMERCADO MONTE VERDE C.A. en la persona de sus Directores-Gerentes ciudadanos JUAN NORBERTO FERNANDEZ DA SILVA y JOSÉ AGOSTINHO FERNANDS DA SILVA, supra identificados.
Por auto dictado en fecha 03 de mayo de 2.005, se admitió la presente demanda, ordenando la intimación de SUPERMERCADO MONTE VERDE C.A. en la persona de sus Directores-Gerentes ciudadanos JUAN NORBERTO FERNANDEZ DA SILVA y JOSÉ AGOSTINHO FERNANDS DA SILVA, supra identificados. Asimismo, en esa misma fecha se ordenó abrir cuaderno de medida en el cual este juzgado decretó Medida Provisional de Embargo sobre los bienes propiedad de la parte demandada.
En fecha 20 de junio de 2.005, este juzgado libró la respectiva boleta de intimación a la parte demandada.
Ahora bien, visto el desistimiento realizado por la apoderada judicial de la parte actora en fecha 20 de octubre del 2006 y visto igualmente que la apoderada judicial de la parte actora abogada VICKY NINOSKA HERRERA ROJAS, supra identificada, tiene facultad expresa para desistir tal y como se evidencia del poder cursante al folio 11 y vto del presente expediente, éste Tribunal le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos por la parte, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Asimismo en cuanto a la solicitud de Devolución de originales este juzgado ordena la devolución del original previa su certificación por secretaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (____)días del mes de __________________ de Dos Mil Seis (2.006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ,


Dra. ANGELINA M GARCIA HERMANDEZ
LA SECRETARIA Acc


KELYN CONTRERAS

En la misma fecha anterior,________de ________________ de 2.006, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo la una de la tarde (1:00 p.m.).-
LA SECRETARIA Acc

KELYN CONTRERAS

Exp. No. 23.520
AMGH/KC/Lizmaika