REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas de _____________________ de 2006.
Años 196 y 147.

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones evacuadas al efecto; este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias que se contrae la presente solicitud, a favor de los ciudadanos GOMEZ CARMONA DAVID, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-5.892.681, y GOMEZ CUEVAS JOSE ISAIAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-689.119, advirtiéndose que se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas, previa su certificación por Secretaria.-
LA JUEZ TITULAR.-

DRA. ANGELINA M. GARCIA HERNANDEZ.-
LA SECRETARIA ACC.-

KELYN CONTRERA.-
Exp. Nro. T-8257
AMG/KC/Lizmaika.-