REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 5 de diciembre de 2006

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002409
PARTE ACTORA: CARL HEINZ PAIVA HUCK , V- 6.815.514
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: EDMUNDO MAURO PEREZ y JUAN MENESES IPSA N° 17.589 y 82.551
PARTE DEMANDADA: AUTOMOTRIZ ERA XXI, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: DANIELA FIERRO CASTILLO, IPSA N° 105.547.
MOTIVO: ESTABILIDAD
ACTA
En el día hábil de hoy, 5 de diciembre de 2006, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la hora arriba señalada, se procedió a anunciar el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino, dejando constancia expresa de la incomparecencia de la parte demandante CARL HEINZ PAIVA HUCK, titular de la C.I. V-6.815.514, por si o por medio de apoderado judicial y de la demandada AUTOMOTRIZ ERA XXI, C.A.,. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio, es por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°.
DIOS Y FEDERACION


GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
JUEZ
APODERADO PARTE DEMANDADA

ABG. NORIALY ROMERO
SECRETARIA
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a las 2:00 p.m. del día cinco (05) de Diciembre de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación
Nota: En esta misma fecha, cumplidas las formalidades de Ley, se dictó y publicó la presente decisión siendo las 2:00 p.m.


ABG. NORIALY ROMERO
SECRETARIO
EXP: AP21-S-2006-002409
GAA/Nr
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”