N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2005-000436
PARTE ACTORA: JOSE ANTONIO RAMOS
PARTE DEMANDADA: ROCK CANTELMI PORCCO y SABERIO PORCO PATTI
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO POR INCOMPARECENCIA DE AMBAS PARTES
AL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy, Martes 18 de Enero de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 am, oportunidad fijada para que tenga lugar el INICIO de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia, previo anuncio a viva voz a las puertas del Tribunal por el Alguacil JUAN JOSE ESCALANTE, guiándose por el reloj de este Circuito Judicial del Trabajo, de la incomparecencia a la presente Audiencia Preliminar tanto de la parte actora, Ciudadano JOSÉ ANTONIO RAMOS, plenamente identificado en autos, como de las partes demandadas, Ciudadanos ROCK CANTELMI PORCO y SABERIO PORCO PATTI, quienes no comparecieron ni por si, ni por Apoderado Judicial alguno. En este Estado, vista la incomparecencia de ambas partes a la celebración de la Audiencia Preliminar, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es Todo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.
La Juez, La Secretaria,

Abg° Lisbeys Rojas Molina Abg° Claudia Aguillón





Se registró y se publicó siendo las 11:40 am. Conste.
La Scria,