REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE UNDA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
CHABASQUÉN: 11 DE ENERO DE 2006
AÑOS: 195° Y 146°.
EXP. N°: 362/2004
Vista la presente Causa de solicitud de Obligación Alimentaria, signada con el N°: 362/2004 de los libros respectivos, seguido por la ciudadana: YOLEIDA DEL CARMEN GONZALEZ PETATERO, en representación de la niña: YARELIS COROMOTO GIL GONZALEZ contra el ciudadano: RUBEN DE JESUS GIL CANELON, en la que se observa que desde la fecha de la ultima actuación: 02-12-2004 hasta la presente, han transcurrido, Un (01) año, un mes y nueve (9) días, ambas fechas inclusive y habiendo inactividad de las partes, en consecuencia este Juzgado del Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 267 primer aparte del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECLARA.
Por cuanto no existe mas diligencias que practicar, se acuerda darle salida del registro respectivo y remitir al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, en su oportunidad legal.
Dado, Sellado, Firmado y refrendado en la Sala del Juzgado del Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa a los once días del mes de Enero del dos mil seis. Años: 195° y146°.
La Juez Temporal,
Abog: Janet del Carmen Zavarce Pinto
La Secretaria.
Abog. Francisca González de Trabiezo
Zoraida