Vista la solicitud presentada por la ciudadana RITA DE VECCHIS PUCHERI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.949.128, asistida por la Abogado en ejercicio YVONNE FERNANDO NADAL, titular de la Cédula de Identidad N° 4.610.448, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.367; quien actúa en representación de su hijo ...., de seis (6) años de edad, quien es su hijo, e igualmente hijo del ciudadano JOSE ANTONIO ANTEQUERA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, con domicilio desconocido, titular de la Cédula de Identidad N° 7.542.943; tal como se evidencia de la Partida de Nacimiento N°876, que consigna marcada “A”; siendo el caso que la imperiosa necesidad de viajar a Europa, para los meses de Julio a Septiembre, y en el mes de Diciembre con regreso en Enero, a fin de visitar a su otro hijo de nombre DANTE COCCIOLONE DE VECCHIS, quien reside en Vía Gioacchino Volpe número 45, Paganica-L’aquila- Italia; para reunirse con su familia en esos meses, para que todos los hermanos compartan sus afectos y lazos familiares, ya que los mismos tienen mucho tiempo sin compartir lazos afectivos; que la presente solicitud la realiza en virtud de desconocer el paradero del padre de su hijo arriba mencionado. Fundamenta la solicitud en el Artículo 393 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, solicita se Oficie a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) a fin de obtener el pasaporte para su hijo, realizar el viaje y que dicha autorización sea expedida en forma amplia para cualquier otro trámite necesario; que por cuanto desconoce el domicilio del padre de su hijo el mismo sea citado a través de un Cartel publicado en Diario de Circulación Nacional
En fecha 23-05-05 se ADMITE la solicitud, se ordena librar Oficio a la Oficina de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a fin de que informen el último domicilio del ciudadano JOSE ANTONIO ANTEQUERA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 7.542.943, padre del niño JOSE ASCANIO ANTEQUERA DE VECCHIS, y los últimos movimientos migratorios del mencionado ciudadano, advirtiendo a la solicitante que la autorización se tramitará para los meses de Julio a Septiembre, ya que para la próxima fecha Diciembre-Enero, deberá requerir nueva Autorización, donde se determina la fecha aproximada del viaje y la de regreso del mismo, se libró Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público.
Al folio 8 corre agregado escrito del Poder Apud-Acta conferido por la ciudadana RITA DE VECCHIS PUCHERI, ya identificada, a los Abogados JULIO CESAR CASTELLANO PACHECO e YVONNE FERNANDO NADAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.315 y 51.367 en su órden.
Al folio 10 corre inserta diligencia de fecha 26-05-05 mediante el cual el Apoderado Judicial de la solicitante, Abogado YVONNE FERNANDO NADAL, manifiesta que las fechas para el viaje a la República de Italia, son: 01 de Agosto del presente año, con retorno el 15 de Agosto del mismo año, igualmente del 23 de Diciembre de 2.005 hasta el 06 de Enero de 2.006.
Al folio 11 corre inserta opinión del niño ...., de seis (6) años de edad.
A los folios 23 y 24, corren insertos Oficios números 2424 y 2843, enviados de la Dirección de Migración y Zonas Fronterizas, (ONIDEX), mediante el cual informan que el ciudadano ANTEQUERA GONZALEZ JOSE ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.542.943 “NO REGISTRA MOVIMIENTO MIGRATORIO”.
En fecha 05-08-05 el Tribunal mediante auto ordena librar CARTEL DE NOTIFICACION al ciudadano JOSE ANTONIO ANTEQUERA GONZALEZ, de conformidad con el Artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, concediéndole un plazo de tres (3) días de despacho siguientes a que conste en autos la consignación de dicho Cartel, el cual deberá ser publicado en el Diario de Circulación Regional “Ultima Hora”, advirtiéndole que de no comparecer en el lapso indicado el Tribunal dictará la decisión correspondiente.
En fecha 01-02-06 el Abogado YVONNE FERNANDO NADAL, Apoderado de la solicitante mediante diligencia suscrita informa al Tribunal que el viaje de su poderdante está pautado con fecha de salida el 20 de Julio de 2.006, siendo la fecha de retorno el 14 de Septiembre de 2.006, motivo por el cual solicita al Tribunal se le agilice la Autorización Judicial para ir haciendo la debida tramitación.
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