REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 20 de febrero de 2006
195° y 146°
Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos JOSE GREGORIO MONTILLA VELASQUEZ y LISBETH CAROLINA PEREZ MONTILLA, titulares de la cédula de identidad Nº V- 14.569.068 y 21.459.762 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público y ratificada por ante sala de este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento del Régimen de Visitas, en beneficio del niño GREGORI JOSUE MONTILLA PEREZ, donde el padre buscará al niño antes identificado, cada quince días antes de las siete de la noche y disfrutará con él por un lapso de ocho días, debiendo regresarlo al hogar de la ciudadana Lisbeth Carolina Pérez Montilla posterior a dicho lapso y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N°6.217
Carolina E.