ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2005-002388
PARTE ACTORA: REXY REYES PRATO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: “LIBERTAXIS SAMBIL “
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Adelson Robayna
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL

En el día hábil de hoy, viernes diez (10) de febrero de 2006, día y hora fijado (09:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de ESTABILIDAD, incoado por el ciudadano REXY REYES PRATO contra la demandada “LIBERTAXIS SAMBIL”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano: ADELSON ROBAYNA, titular de la cédula de identidad N° 14.423.020, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.836, en su carácter apoderada judicial de la parte demandada “LIBERTAXIS SAMBIL” según poder que consigna en este acto, ad efectum videndi, e igual forma se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que a la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia el cual fue devuelto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los diez (10) días del mes de febrero de dos mil seis (2006). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 146° y 195°
El Juez


Abg. Franklin Porras Mendoza

La Secretaria

Abg. Vanessa Veloz



El Presente

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”






















“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”