Vista las anteriores actuaciones suscritas por el ciudadano RUBEL ANTONIO MARTINEZ VIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula identidad Nro.V.-7.923.158, y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de Curador Ad-Hoc de los niños, manifestada por el ciudadano ENRIQUE ROMERO DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V.-13.711.932, donde se compromete a cumplirlo bien y fielmente.