REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS



Caracas, 28 de Julio del 2006
196º y 147º



CAUSA Nº 7358-2006


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES



IMPUTADO(S): POR IDENTIFICAR.


VICTIMA(S): CARABALLO GOITIA LUIS RAFAEL


REPRESENTACIÓN FISCAL: ABG. PEDRO JOSE MONTES, Fiscal (50) del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas.



DESCRIPCIÓN DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN


En fecha 03-12-1999, se inició la presente averiguación sumaria por ante la Comisaría del Llanito, en virtud de la denuncia Común interpuesta por el ciudadano CARABALLO GOITIA LUIS RAFAEL, quien manifestó lo siguiente: “…me quede accidentado me baje a ver lo que pasaba y deje en el asiento del conductor el bolso con el dinero que había hecho y una pistola marca Pietro beretta, calibre 9mm…, y cuando estoy debajo del carro sentí que alguien se monto y cuando salí a ver lo que pasaba vi a dos sujetos corriendo con el bolso contentivo del dinero y la pistola…Es Todo”



RAZONAMIENTOS DE HECHO Y DE DERECHO



Del minucioso y exhaustivo estudio de las actuaciones que conforman el presente expediente, Observa este Tribunal, que si bien es cierto de que estamos en presencia de un hecho Punible como lo es el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 451 del Código Penal Vigente, no es menos cierto de que el mismo prevé una pena de PRISIÓN de UNO (01) a CINCO (05) AÑOS. Ahora bien desde el día 03-12-1999, fecha en la cual se denunciaron los hechos, hasta la presente fecha han transcurrido más del Lapso Legal correspondiente para que opere la prescripción del presente delito, tal como lo establece el Ordinal 4º del Artículo 108 del Código Penal, en concordancia con el Ordinal 8º del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Ante tales señalamientos es por lo que considera este Juzgador que lo procedente y ajustado a derecho, acordar lo solicitado por el Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, en agravio del ciudadano CARABALLO GOITIA LUIS RAFAEL. ASÍ SE DECLARA.-



DISPOSITIVA


Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, en agravio del ciudadano CARABALLO GOITIA LUIS RAFAEL. Declarándose con lugar la solicitud formulada por la Fiscal del Ministerio Público. ASÍ SE DECLARA.-






Regístrese, Diarìcese, Publíquese, Notifíquese a las partes de la presente decisión.
LA JUEZ DE CONTROL


DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ -






LA SECRETARIA


ABG. DORIS VILERA.-





En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.





LA SECRETARIA


ABG. DORIS VILERA.-





MMAG/jhei
CAUSA Nº C- 44- 7358-2006.-
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


Caracas, 28 de Julio del 2006
196º y 147º


BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano ABG. ABG. PEDRO JOSE MONTES, Fiscal (50) del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, en agravio del ciudadano CARABALLO GOITIA LUIS RAFAEL. – Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-

Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.


DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ DE CONTROL

DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.-


FIRMA_____________FECHA______________HORA__________
MMAG/jhei.-
CAUSA Nº C – 44– 7358-06.
Exp. F-542.155
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


Caracas, 28 de Julio del 2006
196º y 147º


BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:


Al ciudadano CARABALLO GOITIA LUIS RAFAEL, en su carácter de (Victima), que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4 º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS. – Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-

Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.


DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ DE CONTROL


DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ
FIRMA_____________FECHA______________HORA__________
Residenciado en: Carretera Petare Santa Lucia, Kilómetro 11 Casa Nº 02, Las Tapias Mariche.
CAUSA Nº C – 44 –7358-06.-
“1805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”