REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS EN FUNCIÓN DE CONTROL


CAUSA N° 7023-2006


Caracas, 31 de Julio de 2006
196° y 147°

Vista la solicitud interpuesta por la Dra. ANNA LECCESE SPINOSA, en su carácter Fiscal Septuagésima Tercera (73°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita a este Juzgado, sea decretado el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a MARIANELA PAZ, HEYDEE ROSARIO ALVAREZ, LILIAN BEATRIZ PERDOMO, GLADYS ANTONIA KAWM HERNÁNDEZ y ROSARIO MORENO este Tribunal conforme el artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal para decidir previamente observa:


IDENTIFICACIÓN DE LAS IMPUTADAS

MARIANELA PAZ DE RODRÍGUEZ, Titular de la cedula de identidad N° 4.556.405, de nacionalidad Venezolana, Residenciada en: Urbanización la Paz, vereda 08, casa 17-06, Catia la Mar, Estado Vargas. ALVAREZ DE ARENAS HAYDEE, Titular de la cedula de identidad N° 3.819.009, de nacionalidad Venezolana Residenciada en: Caricuao sector UD9, bloque 13, apartamento 4 D-16, Ruiz Pineda, PERDOMO HERNÁNDEZ LILIAN BEATRIZ, Titular de la cedula de identidad N° 6.124.331, de nacionalidad Venezolana, Residenciado en Carretera Vieja los Teques, Sector Ayacucho, casa 50-1, los Teques, KAWM HERNÁNDEZ GLADYS ANTONIA, Titular de la cedula de identidad N° 3.178.510, de nacionalidad Venezolana, Residenciada en: Avenida José Félix Sosa, Residencias Continental , piso 02, apartamento 12, Caracas. MORENO ROSARIO, Titular de la cedula de identidad N° 4.682.610 de nacionalidad Venezolana, Residenciada en: Los Jardines del Valle, calle 14, Residencias Angostura, piso 10, apartamento 10-04, parroquia el Valle.


IDENTIFICACIÓN DE LA AGRAVIADA

DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN: Venezolana, natural de Santiago de Chile, de estado Civil Casada, profesión u oficio Supervisora, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.934.686, residenciada en: El Paraíso, Avenida Páez, Parque Residencial el Paraíso Plaza, apartamento 3 A-7, Caracas en representación de la Empresa MERCANTIL INTERNACIONAL C.A.





DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS

La representación Fiscal en su escrito, establece los hechos por los cuales se circunscribe la solicitud de sobreseimiento a favor de las imputadas de autos, el cual es del tenor siguiente:

“… En fecha 28-07-05, Se inicia la presente investigación en virtud de la denuncia suscrita por la ciudadana DONOSO DE PEREZ FELICITA DEL CARMEN, ante la sede de Fiscalia Décima del Ministerio Público a nivel Nacional. Donde deja constancia entre otras cosas de lo siguiente: “Acudo a denunciar a las señoras MARIANELA PAZ DE RODRIGUEZ C.I N° 4.556.405, por una deuda que mantiene con la Empresa que represento por Bs. 533.943.77, que se comprometió a pagar y nunca lo hizo. Anexo constante de catorce (14) folios útiles copias de los documentos que soportan esta denuncia. Asimismo a la Sra. HAIDEE ALVAREZ DE ARENA C.I N° 3.819.009, POR UNA DEUDA DE 525.435.37 Bs., anexo constante de ocho (08) folios útiles copias de facturas y documentos que se comprometió a pagar y nunca lo hizo. Por otra parte denuncio a LILIAN BEATRIZ PERDOMO C.I. N° 124.331, por Bs. 5353950, la cual soporta copias constantes de nueve (09) folios útiles. Igualmente denuncia a GLADYS ANTONIA KAWM HERNANDEZ C.I N° 3.178.510, por el monto de 1.874.097, que también nos debe acompaña con copias de dieciséis (16) folios útiles facturas y documentos que soportan la denuncia. Finalmente a la Sra. ROSARIO MORENO C.I. N° 4.682.610, nos debe la cantidad de Bs. 503.633.54, por lo que anexo constante de (08) folios útiles copias de soporte de dicha deuda…. estoy autorizada por el Gerente de ventas de la Empresa para poner esta denuncia porque todas esta personas nos estafaron. Además me siento victima afectada en todo esto, porque mientras esta gente no cancela a la empresa, a mi no me pagan las comisiones que me corresponden. Las fechas de las denuncias fueron en el 2004 y están especificadas en todos los anexos, ya que son distintas. El lugar donde ocurrieron los hechos fue ahí en la Trinidad en la sede de la Empresa. … Es Todo”




RAZONAMIENTO DE HECHO Y DE DERECHO
EN QUE SE FUNDAMENTA LA DECISIÓN


De los hechos anteriormente transcritos, recopilados del escrito presentado por la Representación Fiscal, se desprende que los mismos se ajustan a los elementos probatorios cursantes a los folios que conforman el presente expediente, por lo tanto, esta juzgadora considera que, al no existir alteración alguna en tales hechos por los cuales se sigue la presente causa, entonces se dan por establecidos, por cuanto de autos no se desprenden factores que puedan cambiar estas circunstancias de tiempo, modo y lugar planteadas para el momento de suscitarse el acontecimiento.


La Representante Fiscal, fundamenta su solicitud de sobreseimiento de la presente causa, en el contenido del numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece taxativamente lo siguiente:

“Artículo 318.- Sobreseimiento. El sobreseimiento procede cuando:
...2° El hecho imputado no es tipico”



Pues bien, de lo referido en marras, observa este Tribunal que, de las actas que conforman la presente causa, no que no existe delito alguno, toda vez que lo hechos narrados por la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, en su carácter de víctima en Representación de la Empresa MERCANTIL INTERNACIONAL C.A. en el presente caso, no llenan los extremos exigidos para que se configure ningún delito , toda vez, se desprende un presunto incumplimiento de contrato susceptible de tramitarse ante la jurisdicción mercantil, por lo que en el presente caso existe un obstáculo para el ejercicio de la acción penal ya que la mencionada ciudadana, interpone la denuncia ante el Ministerio Publico en virtud de que las prenombradas ciudadanas incumplieron el compromisote pago que nació de una negociación con la Empresa Mercantil Internacional, C.A. que consistía en que “ cuando ellas desean comprar la mercadería , se le entregaba la mercancía y firman la nota de entrega, más un giro del momento a cancelar. Cuando cancelan el monto se les hace la entrega de su giro… La empresa le vende los productos de manera particular a cada unas de las personas que nos firman los giros. Ante tales señalamientos, considera esta Juzgadora que al no encontrarse subsumible en ningún tipo penal los hechos antes enunciados, lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso, es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra las ciudadanas MARIANELA PAZ DE RODRÍGUEZ, ÁLVAREZ DE ARENAS HAYDEE, PERDOMO HERNÁNDEZ LILIAN BEATRIZ, KAWM HERNÁNDEZ GLADYS ANTONIA, MORENO ROSARIO, en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, en su carácter de víctima en Representación de la Empresa MERCANTIL INTERNACIONAL C.A. de conformidad con el artículo 318 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho objeto del proceso no es típico. ASÍ SE DECLARA.-


DISPOSITIVA


Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en la causa seguida contra de las ciudadanas MARIANELA PAZ DE RODRÍGUEZ, ÁLVAREZ DE ARENAS HAYDEE, PERDOMO HERNÁNDEZ LILIAN BEATRIZ, KAWM HERNÁNDEZ GLADYS ANTONIA, MORENO ROSARIO, en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, en su carácter de víctima en Representación de la Empresa MERCANTIL INTERNACIONAL C.A., de conformidad con lo previsto en el Numeral 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho objeto del proceso no es típico.- Declarándose Con Lugar la solicitud interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público. Y ASÍ SE DECLARA EXPRESAMENTE.
Regístrese la presente decisión y notifíquese lo conducente, a los fines legales consiguientes. CÚMPLASE.
LA JUEZ,


DRA. MIGDALIA AÑEZ GONZALEZ





LA SECRETARIA,


ABG. DORIS VILERA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado.

LA SECRETARIA,


ABG. DORIS VILERA


Exp: 7023-06
MMAG/vane






















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 31 de Julio de 2006
196° y 147°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A La CIUDADANA: ANNA LECCESE SPINOSA, en su carácter de FISCAL 73º DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Se le notifica que este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECLARÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA signada bajo el N° 7023-06 nomenclatura de este Órgano Jurisdiccional que se sigue a las ciudadanas MARIANELA PAZ DE RODRÍGUEZ, ÁLVAREZ DE ARENAS HAYDEE, PERDOMO HERNÁNDEZ LILIAN BEATRIZ, KAWM HERNÁNDEZ GLADYS ANTONIA, MORENO ROSARIO, en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, en su carácter de víctima en Representación de la Empresa MERCANTIL INTERNACIONAL C.A., ello de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,

Dra. MIGDALIA AÑEZ GONZÁLEZ.
NOTIFICADO:_____________FECHA___________HORA:________
EXPEDIENTE 01-F-73-0479-0 (Fiscalía)
EXP: 44C-7023-06
MAG/vane-
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”

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EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-


Caracas, 31 de Julio de 2006
196° y 147°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A LA CIUDADANA: DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN en representación de la Empresa MERCANTIL INTERNACIONAL C.A., en su carácter (Victima). Se le notifica que, este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECLARÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA signada bajo el N° 7023-06, nomenclatura de este Tribunal que se sigue en contra de las ciudadanas MARIANELA PAZ DE RODRÍGUEZ, ÁLVAREZ DE ARENAS HAYDEE, PERDOMO HERNÁNDEZ LILIAN BEATRIZ, KAWM HERNÁNDEZ GLADYS ANTONIA, MORENO ROSARIO, ello a tenor del artículo 318, numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notificación que se le hace, de conformidad con el artículo 179 y 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,
Dra. MIGDALIA AÑEZ GONZÁLEZ.
NOTIFICADO: ________ FECHA___________HORA:_____________
Domicilio: El Paraíso, Avenida Páez, Parque Residencial el Paraíso Plaza, apartamento 3 A-7, Caracas.
EXP: 44C-7023-06
MAG/vane-
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-


Caracas, 31 de Julio de 2006
194° y 145°


BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana MARIANELA PAZ DE RODRÍGUEZ, en su carácter de IMPUTADA que, este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN , a tenor del artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ

Dra. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ
NOTIFICADO: ________FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCION: Urbanización la Paz, vereda 08, casa 17-06, Catia la Mar, Estado Vargas
MMAG/vane
EXP: 7023-06
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”





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JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-


Caracas,31 de Julio de 2006
194° y 145°


BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana ALVAREZ DE ARENAS HAYDEE, Titular de la cedula de identidad N° 3.819.009, de nacionalidad Venezolana, en su carácter de IMPUTADA que, este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, a tenor del artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ

Dra. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ
NOTIFICADO: ________FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCION: Caricuao sector UD9, bloque 13, apartamento 4 D-16, Ruiz Pineda.
MMAG/vane
EXP: 7023-06
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”



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JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-


Caracas, 31 de Julio de 2006
194° y 145°


BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana PERDOMO HERNÁNDEZ LILIAN BEATRIZ, Titular de la cedula de identidad N° 6.124.331, de nacionalidad Venezolana, en su carácter de IMPUTADA que, este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, a tenor del artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ

Dra. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ
NOTIFICADO: ________FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCION: en Carretera Vieja los Teques, Sector Ayacucho, casa 50-1, los Teques.
MMAG/vane
EXP: 7023-06
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”




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JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-


Caracas, 31 de Julio de 2006
194° y 145°


BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana KAWM HERNÁNDEZ GLADYS ANTONIA, Titular de la cedula de identidad N° 3.178.510, de nacionalidad Venezolana, en su carácter de IMPUTADA que, este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, a tenor del artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ

Dra. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ
NOTIFICADO: ________FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCION: Avenida José Félix Sosa, Residencias Continental, piso 02, apartamento 12, Caracas.
MMAG/vane
EXP: 7023-06
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUADRAGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-


Caracas, 31de Julio de 2006
194° y 145°


BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana MORENO ROSARIO, Titular de la cedula de identidad N° 4.682.610 de nacionalidad Venezolana, en su carácter de IMPUTADA que, este Tribunal por Decisión dictada en esta misma fecha, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra en agravio de la ciudadana DONOSO DE PÉREZ FELICITA DEL CARMEN, a tenor del artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
Firmará al pié de la presente con indicación de fecha y hora, en prueba de su notificación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ

Dra. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ
NOTIFICADO: ________FECHA: ___________HORA:_____________
DIRECCION: Los Jardines del Valle, calle 14, Residencias Angostura, piso 10, apartamento 10-04, parroquia el Valle.,
MMAG/vane
EXP: 7023-06
“1806- 2006 BICENTENARIO DE LA LLEGADA DE FRANCISCO DE MIRANDA A LA VELA DE CORO”