REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION
SALA 102


Caracas, 11 de julio de 2006.
196° y 147°

Vistas las anteriores actuaciones y visto igualmente que la audiencia fijada para el día de hoy no pudo llevarse a cabo debido a la incomparecencia del defensor privado DR. VICENTE GOMEZ UZCATEGUI de la joven(Identidad Omitida), expediente N° 05-351, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente, en ejercicio de las atribuciones legales que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: Diferir para el día miércoles 09-08-06 a las 09:30 horas de la mañana, audiencia oral y reservada para debatir lo relativo a la revisión de la medida, debido a la incomparecencia del defensor privado Dr. VICENTE GOMEZ UZCATEGUI. SEGUNDO Notificar al Defensor Privado de la revocatoria a su designación por parte de la sancionada de autos. TERCERO: Oficiar a la Unidad de Defensoría Publica a los fines que le sea designado un defensor público para que le asista. Líbrese Oficio. CUARTO Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente.- Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO ACUÑA
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR ESTE TRIBUNAL.
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO ACUÑA
EXP: J1°E/05-351/MGU/mirian.-