REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ARREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
SALA 102
Caracas, 27 de julio de 2006.
196° y 147°
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa, se observa que para el día de hoy se encuentra fijada Audiencia de revisión de la medida impuesta al sancionado (Identidad Omitida), y visto el escrito incoado en fecha 26-07-2006, por el Abg. Elías Ramón Ortega, en su carácter de defensor del citado sancionado, mediante la cual solicita el diferimiento del presente acto, en virtud de no poder asistir a este Tribunal en el presente día, por tener acto de obligación alimentaría, en el Juzgado segundo de Guatire; es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en ejercicio de las atribuciones legales que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: Diferir la Audiencia para el día 18-08-2006, a las 09:30 horas de la mañana. SEGUNDO: Librese boleta de Notificación a las partes, así como al sancionado de autos. TERCERO: Librese boleta de citación a nombre de la Delegado de Prueba, T:S.U. Tibisay Aranguren. Igualmente Ofíciese a la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente no Privado de Libertad, con el objeto que se sirva de enlace para la entrega de la boleta de citación de la mencionada ciudadana. Provéase lo conducente. CÚMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. MARIELA GÓMEZ URDANETA
EL SECRETARIO
ABG. GREGORY BLANCO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. GREGORY BLANCO
EXP: J1°E/04-271/GB