REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

Visto el oficio que antecede de fecha 10 de Julio de 2006, signado con el N° 285-06, procedente del Juzgado Décimo Séptimo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitan a este Despacho la Autorización del Traslado del Joven (IDENTIDAD OMITIDA), hasta la sede de ese Tribunal el día 21 del corriente mes y año, a las 09:00 horas de la mañana, es por lo que este Tribunal en uso de las atribuciones legales conferidas por los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda librar nueva Boleta de Traslado a nombre del Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA), a los fines de que sea trasladado hasta la sede del Juzgado Décimo Séptimo en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a objeto de que se lleve a cabo el Acto del Debate Oral y Público en la causa que se le sigue signada con el N° 17J-370-05 (Nomenclatura de esa Instancia Penal). Provéase lo conducente. Cúmplase.-