REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

Con merito a la nota de Secretaria que antecede, mediante la cual la ciudadana Secretaria de este Despacho, da cuenta al Tribunal, que siendo el día y la hora fijada para la Celebración de la Audiencia Oral y Reservada, con el objeto de la Imposición de la Ejecución de la Sanción, impuesta al sancionado de autos en la causa relativa al joven, (IDENTIDAD OMITIDA), se observó la comparecencia de la Representación Fiscal, de la Defensa Especializada, no compareciendo el joven de autos, a pesar de habérsele concedido un lapso de espera de Tres (3) horas., Razón por la cual este Tribunal, en uso de sus facultades legales, acuerda PRIMERO: Declarar Desierto el referido acto. SEGUNDO: Difiere la Celebración de la audiencia en referencia, para el día 09-08-2006, a las 09:30 horas de la mañana. A tal efecto convóquese nuevamente a las partes. Provéase lo conducente.