REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2006-001343
PARTE ACTORA:MARLON DARIO LOPEZ THERAN,
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: TEPROSINCA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO ROLDAN CASTAÑO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy seis de julio de dos mil seis, siendo las 9:29 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
Este Juzgado deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada , representada para el este por el Abogado FRANCISCO ROLDAN CASTAÑO, Abogado en Ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 34.725, y quien en este acto consigna Instrumento poder en copia simple, asimismo consigna en este acto recibo autenticado de donde consta el pago por concepto de prestaciones sociales a nombre del Trabajador, y manifestación expresa que no desea continuar trabajando para la empresa demandada.
El Juez
El Secretario
Abog. Arelis Jimenez M
Apoderado Judicial de la parte Demandada.
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”