ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000589
PARTE ACTORA: JEANCARLOS RAFAEL MARTINEZ LIMONCHE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:…….
PARTE DEMANDADA: VICEMINISTERIO DE MEDIOS E INFORMATICOS DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ADSCRITA AL MINISTERIO DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA AÑEZ y LENIS BARRAL
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL

En el día hábil de hoy treinta y uno (31) de julio de dos mil seis, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, situación contraria con la parte demandada, que compareció por intermedio de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio ANA AÑEZ y LENIS BARRAL, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 61.699 y 85,903 respectivamente; quienes consignan copia fostostática de Instrumentos que acreditan la representación que ostentan; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
El Juez


Abog. Neyireé Toledo




Parte Demandada


La Secretaria









“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”