PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de julio de dos mil seis (2006)
196º y 147º

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000534
PARTE ACTORA: SONIA CELINA SIERRA GARCIA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: INCAPRO (CONTRATISTA DE CANTV),
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YOBANNY KAFROUNI MIKARE
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL


Hoy, veinticinco (25) de julio de 2006, siendo la 02:00pm, día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia de la comparecencia del abogado: YOBANNY KAFROUNI MIKARE, inscrito en el IPSA bajo el Nº: 44.015, representante legal de la empresa: INCAPRO (CONTRATISTA DE CANTV), de igual manera se deja expresa constancia de que la parte actora: SONIA CELINA SIERRA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº: 6.960.644, no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.

La Jueza

La Secretaria

Eduarda Gil
Dayana Díaz
El representante legal de la parte demandada

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”