REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-001105
PARTE ACTORA: HECTOR LEZAMA PADRON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HOMERO RAFAEL ORTIZ Y OSWALDO IGNACIO NUÑEZ SALAZAR
PARTE DEMANDADA: RECUPERADORA SCRAP 1966 C.A. y RECYCLE MALL 20 C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: WENDOLAINE VERDI RAMOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 27 de julio de 2006, a las 03:00 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio a la misma, se deja constancia que comparece el ciudadano HECTOR LEZAMA PADRON, titular de la cédula de identidad N° 3.665.412, en su condición de parte actora, representado por los abogados HOMERO RAFAEL ORTIZ Y OSWALDO IGNACIO NUÑEZ SALAZAR, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 10.369 y 21.256, y por la demandada comparece la abogado SANDRA J. GIL PLAZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 53.237, en su carácter de apoderada judicial como se evidencia de autos. En este estado la representación judicial de la parte actora abogado HOMERO RAFAEL ORTIZ, expone: Luego de intercambiar diferentes opiniones dirigidas a lograr un acuerdo satisfactorio para el trabajador hemos llegado a la conclusión de que lo más conveniente a sus intereses es desistir del procedimiento reservándonos la acción, considerando que no hay posibilidades de lograr un arreglo satisfactorio en este caso. En este estado vista la exposición de la representación judicial de la parte actora ya identificada, este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento y da por terminada la audiencia preliminar y se devuelven las pruebas promovidas por las partes.

La Juez

La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez

Abg. Norialy Romero
Los Presentes


Parte actora y sus apoderados judiciales


Apoderada judicial de la parte demandada

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”