ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001395
PARTE ACTORA: JHONNYSEL MARILUZ MEDINA PACHECO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITÓ
PARTE DEMANDADA: COMPAÑIA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AIXA DEL VALLE AÑEZ PICHARDI
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy siete (07) de julio de dos mil seis (2006), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció la parte Demandada COMPAÑIA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A., a través de la ciudadana AIXA DEL VALLE AÑEZ PICHARDI, abogada inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°117.122, en su condición de apoderada judicial de la parte Demandada, a cuyos efectos presenta instrumento poder ad effectum videndi y lo verifica la ciudadana Juez y la apoderada judicial consigna en copia simple contentivo de seis (06) folios útiles, el cual se ordena agregar a los autos; asimismo consigna en cinco (05) folios útiles copia simple de cheque y cálculo de la liquidación de prestaciones sociales, los cuales se ordena agregar a los autos. En este sentido, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.

La Juez


Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
La Secretaria

Abog. Peggy Hernández


Apoderada Judicial de la parte Demandada

En el día de hoy siete (07) de julio de dos mil seis (2006), se deja constancia que se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.

La Secretaria

Abog. Peggy Hernández
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”