REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Vistas las anteriores actuaciones y revisado como ha sido el sistema informático juris 2000, del cual se evidencia que ante la Sala de Juicio Nro. XIII de este Circuito Judicial, cursa convenimiento de Obligación Alimentaria, debidamente homologado, en el que los ciudadanos MARTHA INES GUERRERO MENESES y WILMER RAMON SOTO DELGADO, acordaron el aumento del quantum alimentario y siendo que dicho aumento es el objeto del presente juicio.