REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Sala de Juicio IV
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2005-006467
Motivo: Autorización para Viajar.
Solicitante: Anita Llenera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.632.141.
Se inició el presente procedimiento mediante solicitud de autorización judicial para viajar y expedir pasaporte, presentada por la ciudadana Anita Llenera, antes identificada, actuando en nombre y representación de su hija, de quince años de edad, para viajar en fecha 16/12/2005. De la revisión de las actas que integran el presente asunto se evidencia que se encuentra vencida la fecha prevista para el viaje, sin que se hayan completado los trámites necesarios para el otorgamiento de la correspondiente autorización para viajar. En este sentido; y por cuanto la última actuación que consta en autos fue realizada en fecha 19/09/2005, sin que se hubiese realizado ningún otro acto, lo cual representa una evidente inercia imputable a la parte interesada, resultando obvio el transcurso de un tiempo prudencial sin que las partes hayan dado impulso al proceso, este Tribunal considera, que la solicitante ha perdido el interés jurídico actual necesario para finalizar la presente causa; y siendo dicho interés de conformidad con el articulo 16 del Código de Procedimiento Civil, presupuesto necesario para continuar con la misma, esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADA la presente solicitud y se ordena el cierre y Archivo del expediente. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 25 días del mes de julio de 2006. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía
El Secretario
José Alberto Totesaut
En esta misma fecha se registro y publico la anterior decisión.
El Secretario
José Alberto Totesaut