REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 7
Caracas, 17 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-V-2006-13132

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos la presente Demanda de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana, YAJAIRA QUIJIJE FRANCO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.127.780 , actuando en nombre y representación de su hija xxxxxxxxxxx debidamente asistida por la abogada WENDY SCHARSCHMIDT en su carácter de Defensora Público Décima Segunda con competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente del Area Metropolitana de Caracas ,esta Sala la Admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbre o disposición alguna de la Ley; a tal efecto, la parte arriba identificada, expuso lo siguiente: " (...) ME URGE LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de mi hija xxxxxxxxx la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia caricuao, Municipio Libertador del Distrito, anotada bajo el Nro: 223, correspondiente al año 2000...
…. Ahora bien ciudadano Juez, la Partida de Nacimiento en cuestión adolecen los siguientes ERRORES: En ella de manera incorrecta se me colocó el numero de cédula de identidad N° V-11.127.780 , siendo esto incorrecto por cuanto lo correcto es: V-14.127.780.-
Asimismo, previa revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal observa lo siguiente:
PRIMERO: Consta al folio Nº 04 del presente asunto, copia certificadas del Acta de nacimiento de la niña xxxxxxxxxx y al folio Nº 05 FOTOCOPIA DE LA Cédula de Identidad de la solicitante , al folio Nro: 06 Datos Filiatorios, expedido por la Direccion de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), de la QUIJIJE FRANCO YAJAIRA supra identificada .
SEGUNDO: Establece el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
"Artículo 773. En los casos de errores materiales cometidos en las actas del Registro Civil, tales como cambio de letras, palabras mal escritas o escritas con errores ortográficos, trascripción errónea de apellidos, traducciones de nombre y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por los medios de prueba admisibles y el Juez con conocimiento de causa resolverá lo que considere conveniente" (Resaltado de esta Sala).
TERCERO: Ciertamente, quedó plenamente demostrada la veracidad del error material enunciado, mediante la constatación de las copias certificadas de las actas antes señaladas, por lo que debe prosperar la Rectificación del Acta de Nacimiento de la niña xxxxxxxxxxx .Así se Declara.
En consecuencia, de acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio Nº 07 del CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, ORDENA EN FORMA SUMARIA , a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Federal , la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la niña xxxxxxx, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil, bajo el Nº223, año2000, en el siguiente término: donde dice cédula de identidad N° 11.127.780 …” , debe decir cédula de identidad N° 14.127.780 …”, que es lo correcto y verdadero; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se acuerda oficiar lo conducente a las Autoridades Civiles competentes, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión, para lo cual se nombra Correo Especial a la ciudadana YAJAIRA QUIJIJE FRANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.127.780 Así se Decide.
LA JUEZ

AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO

MARTIN JIMENEZ MUJICA
Aimar Valencia Rizo