REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII
Caracas, 25 de Julio de 2006
195º y 146º
ASUNTO: AP51-S-2006-0011773
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente expediente, y evacuadas como han sido las testimoniales de los ciudadanos YANINE MARIVI SALAS GUERRERO y ARIANIS ANGELICA GARCIA CARRASCO, plenamente identificados, y por cuanto se evidencia que se ha dado cumplimiento a los requisitos de ley exigidos en el presente asunto; esta Sala de Juicio sin prejuicio de terceros de igual o mayor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, “DECLARA” las presentes actuaciones “JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”, a favor de las ciudadanas ALBA AMELIA BRICEÑO DE GOLDCHEID, ALBA MARINA GOLDCHEID BRICEÑO, JOHANNA GERALDINE GOLDCHEID GARCIA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 2.624.571, 12.064.829, 18.713.490, y del Adolescente xxxxxxxxxxxxxx, titular de la cédula de identidad N° V- 18.713.485, beneficiarios del “de cujus”, ciudadano JUAN DE MATA GOLDCHEID GOITIA. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ,
AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO ACC.,
MARTIN JIMENEZ MUJICA
AVR/Aldo Gamarra
AP51-S-2006-011773
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