REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
De la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº VII
Caracas, 25 de Julio de 2006
195º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-013471

Vista la anterior solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes y los recaudos acompañados, presentada por los ciudadanos MARIA SUSANA NASCIMIENTO y JUAN MANUEL SEPULVEDA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.582.009 y V- 6.865.144, respectivamente, asistidos por la ciudadana MIGDALIA BAENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.580, esta Sala de Juicio LA ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria a las buenas costumbres, al orden público y a ninguna disposición expresa de la Ley. En este Estado, se instó a los solicitantes a la reconciliación, sin haberse logrado la misma. En consecuencia, se DECRETA la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES en los términos y condiciones por ellos establecidos, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil de Venezuela. Expídase por Secretaría copias certificadas del libelo de solicitud y del presente auto, y entréguese a las partes. Déjese copia. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE.


AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO ACC.


MARTIN JIMENEZ MUJICA







AVR/Aldo Gamarra
AP51-S-2006-013471