REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº VII. Caracas, 27 de Julio de 2006.
195º y 146º


ASUNTO: AP51-S-2006-005165

Vista la diligencia anterior de fecha 17 de Julio de 2006 suscrita por la ciudadana CRUZ DEL VALLE REBOLLEDO, Titular de la Cédula de identidad Nro: V- 6.893.325 , debidamente asistida por la abogada ISABEL COROMOTO RODRIGUEZ abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro: 42.972, en la cual desisten de la presente solicitud de autorización para vender, este tribunal procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, a fin de que surta sus efectos legales. Así mismo se acuerda la devolución de los originales solicitados todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
El Secretario
AP51-2006-005165 MARTIN JIMENEZ MUJICA