Visto el escrito presentado por la abogada ADRIANA CIBELIS CEDEÑO RAMIREZ, Fiscal Nonagésima Sexta del Ministerio Público, actuando en nombre y representación de los niños XXXXXXXXXXXXX, así como el acta convenio suscrita por los ciudadanos CECILIA ELIZABETH GARCIA FERNANDEZ y EDUARDO EUGENIO MENDEZ RIVERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.036.708 y 10.816.655, respectivamente, cursante al folio cuatro (04) del presente expediente, relativo al Régimen de Visitas, a favor de los niños XXXXXXXXXXXXX; SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO.