REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO SEXTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. XVI. Caracas, doce (12) de Julio de Dos Mil Seis (2006).
196º y 147º.
ASUNTO: AP51-S-2006-010799
Visto el anterior acta mediante la cual los ciudadanos ISMENIA DAYANA MORALES TOLEDO y JOBERTH GREGORIO TORRES VIDAL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 13.951.268 y 12.174.794 respectivamente, llegaron a un convenio en cuanto al Régimen de Visitas, en beneficio e interés del niño SE OMITE NOMBRE, de seis (06) años de edad; por no ser el mismo contrario al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley; este Tribunal procede a homologar el presente CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS, en los términos allí expuestos de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se le hace saber a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.) del Circuito, a fin de que surta sus efectos legales. Líbrese el oficio correspondiente a la citada oficina (O.A.P.)Cúmplase.-
La Jueza Suplente Especial,
Abg. María Isabel Salazar Castillo.
La Secretaria,
Abg. Katery Rojas.
MISC/KR/arianna
Motivo: Régimen de Visitas.