REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas 10 de JUNIO de 2006.-
195° y 146°
Vista la anterior solicitud, de TITULO SUPLETORIO, así como las deposiciones de los testigos presentados por el solicitante, suscrita por el ciudadano GONZALEZ GUSTAVO , venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y Titular de la Cédula de Identidad No. V.-3.190.856, este Tribunal sin perjuicio de los derechos que pudieran tener terceras personas de igual o mejor derecho de los que aduce el solicitante, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD A FAVOR DE: IGNACIO GARCIA RODRIGUEZ sobre el vehículo a que se contrae la presente solicitud, Clase: autobús, Tipo: Colectivo, Marca Ford, Modelo 1972, Color: Crema y anaranjado, Tipo: Vehículo F-750, Serial del Motor: N° V-8, Serial de Carrocería: AJB75M-6174. peso no registra, capacidad 53 puestos, Placa Anterior No. JI-5631, Placa Actual: A-02665, matriculado del servicio colectivo privado, por haberlo adquirido según consta en Documento Autenticado por ante la Notaria Pública Décima Cuarta del Municipio Libertador Distrito Capital, Registrado para el momento de la venta ante la Dirección de Transito Terrestre bajo el No. A-6379661 .- Devuélvase las presentes actuaciones previa anotación de éstas en el Libro Diario correspondiente y certificación de un juego de copias de las mismas, las cuales reposarán en el archivo de este Tribunal.- Asimismo se acuerda la devolución de los documentos solicitados previa su certificación en autos, todo esto de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ ,


Abg. LISBETH SEGOVIA PETIT

LA SECRETARIA ,


ABG. LISRAYLI CORREA





En fecha _____________________se devuelven las presentes actuaciones al solicitante constantes de ____________________folios útiles.-
LA SECRETARIA,


ABG. LISRAYLI CORREA

Exp. No. S-6559
LSP/LC/Ainamaru