REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 18 de julio de 2006.
196º y 147º
Vista el recurso de apelación ejercido por el abogado José Rafael Quintero Contreras en su carácter de apoderado judicial de Elías Emilio García contra el auto dictado el 12 de junio de 2006, este Tribunal observa que, en fecha trece (13) de junio de 2006 comenzó a transcurrir el lapso de cinco (05) días de despacho para ejercer el recurso de apelación precluyendo tal lapso el diecinueve (19) de junio de 2006, lo que significa que la apelación ejercida el veintisiete (27) de junio de 2006 es extemporánea por tardía, razón por la cual se declara inadmisible dicho recurso.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ
EL SECRETARIO,
JOSÉ OMAR GONZÁLEZ,
Exp. Nº 18.081