REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 27 de julio de 2006.-
196° y 147°
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO que encabeza las presente actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la Sociedad Mercantil DESARROLLOS C.P.L. C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el No. 48, Tomo 61 A-SGDO de fecha 14 de agosto de 1991. Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copias certificadas de dicha solicitud en el ARCHIVO y expidiéndose juego de copia a la que las solicito. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
EL SECRETARIO,
JOSÉ OMAR GONZALEZ.-
EBG/JOG/Edward
Exp.: S-5256