REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, de julio de 2006.
Años, 196° y 147°

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, las justificaciones evacuadas al efecto, así como la documentación acompañada, este Juzgado sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, decreta TITULO SUPLETORIO sobre las bienechurías a que se contrae la presente solicitud a favor de la ciudadana SOLYMAR MARGARITA RANGEL ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V.-11.204.226. Devuélvanse las presentes actuaciones con sus resultas al solicitante previa su certificación por Secretaría.-
LA JUEZ,

Dra. ANGELINA M. GARCÍA HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA Acc.

MIRIAM RUIZ REY.-

EXP. No. T-7094
AMGH/KC/Dct.-