REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
AÑOS 196° Y 147°
Sentencia: Definitiva
Exp. S-7055
SOLICITANTE: CARMEN ODALI NAVAS, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V- 10.044.094, respectivamente.
APODERADA JUDICIAL: MAILING QUINTERO SALCEDO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.518.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Vista la anterior solicitud y los recaudos consignados, presentado por la ciudadana CARMEN ODALI NAVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad No. 10.044.094, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MAILING QUINTERO SALCEDO inscrita en el inpreabogado bajo el No. 98.518 por medio de la cual solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento, este Tribunal observa:
De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que el acta que se pretende corregir fue expedida por la Parroquia Ascensión Farreras Municipio Autónomo Cedeño, Estado Bolívar, corresponde a los Tribunales civiles de esa entidad conocer de la presente solicitud, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Código de Procedimiento Civil, se declina la competencia al Juzgado Distribuidor De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Transito De La Circunscripción Judicial Del Estado Miranda, a fines de quien resulta sorteado siga conociendo de la presente solicitud. De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que la parte ejerza su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado distribuidor competente.-
LA JUEZ
DRA. ANGELINA M GARCIA H
LA SECRETARIA ACC
KELYN CONTRERAS.
EXP. S-7055
AMGH/CSC/R.LL.P
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