REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Sentencia Definitiva
Expediente N°T-6985

PARTE SOLICITANTE: ANELENA CUELLO DE ARZURO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.852.685.
ABOGADO ASISTENTE: ANA BLANCO, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, de este domicilio, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.541.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Visto el escrito de Solicitud presentado por la ciudadana ANELENA CUELLO DE ARZURO, antes identificada, debidamente asistida por ANA BLANCO, supra identificada, y los recaudos presentados, este tribunal observa:
Revisadas como han sido las actas del presente expediente y por cuanto se evidencia que el escrito de Solicitud presentado por ante este juzgado en fecha 03 de mayo de 2006; el mismo no se encuentra debidamente firmado por la solicitante de dicho titulo supletorio, dicha firma es de fundamental importancia para el pronunciamiento definitivo de la presente solicitud; este tribunal en virtud de lo antes expuesto niega la solicitud, por ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres y a las disposición expresa por la Ley.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los _____ días del mes de julio de 2006 Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.

LA JUEZ

Dra. ANGELINA GARCÍA HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA Acc

KELYN CONTRERAS



Exp Nº T-6985
AMGH/KC/arelys