REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Doce (12) de Julio del dos mil seis (2006), siendo las 02:00 de la tarde, se trasladó y constituyó el abogado LUIS HERNANDEZ FABIEN, Juez Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la secretaria, Abg. MARIELEN RODRIGUEZ, en compañía de la Apoderada Actora, Lesbia Rosa Márquez Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.49.827, así como del auxiliar de justicia designado por este Juzgado, ciudadano, WILFREDO FIGUERA, depositario de la firma “LA R.C., C.A”, titular de la Cédula de Identidad N°.4.334.518., quien aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, tal y como consta del libro de actas llevado al efecto; en la siguiente dirección: Local destinado a almacenaje, ubicado en el nivel 837 (S-2), distinguido con el N°.37-AM-10, que forma parte del Edificio Centro Ciudad Tamanaco, situado en la Avenida La Estancia, Chuao, Distrito Sucre, del Estado Miranda; a fin de dar cumplimiento a las medidas de ENTREGA MATERIAL y EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por DESALOJO, sigue INVERSIONES MITIBIBO contra INNERSPACE WORLD TRADE S.A.. Seguidamente el tribunal procedió a dar los toques de ley a las puertas del inmueble, sin que persona alguna respondiera al llamado judicial por lo que SE PROCEDIÓ A LA APERTURA DE LA REJA Santa María que da acceso al inmueble objeto de la presente medida, con las llaves que al efecto portaba la Apoderada Actora, permitiendo así el acceso del Tribunal al interior del mismo, pudiéndose constatar que se encontraba libre de bienes y personas. Acto seguido este Juzgado a solicitud de la Apoderada Actora y en cumplimiento de su misión pasa a hacer la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva del siguiente bien inmueble: Local destinado a almacenaje, ubicado en el nivel 837 (S-2), distinguido con el N°.37-AM-10, que forma parte del Edificio Centro Ciudad Tamanaco, situado en la Avenida La Estancia, Chuao, Distrito Sucre, del Estado Miranda, a la parte actora representada en este acto por su Apoderada Judicial, Abogada, LESBIA MARQUEZ, antes identificada, quien expone: “Recibo conforme el inmueble libre de bienes y personas, joyas, dinero y títulos valores. Asimismo, en cuanto a la medida de Embargo Ejecutivo decretada, me reservo el derecho de ejecutarla en una oportunidad distinta a la de hoy, es todo.” Este Juzgado ordena expedir copias certificadas del presente despacho integro a fin de que las mismas reposen en los archivos de este Juzgado para su debido control. Este Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Tribunal ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Lo enmendado “Julio, Secretaria, Lesbia, Juzgado, solicitud, archivos” vale. En este estado la Apoderada Actora, expone: “Solicito a este Juzgado se remita la presente comisión en el estado en que se encuentra a la brevedad posible al comitente, es todo.” El Tribunal visto el pedimento anterior, lo acuerda de conformidad, en consecuencia ordena la remisión de la presente comisión en el estado en que se encuentra y con sus resultas a la brevedad posible. Siendo las 03:05 p.m., se declara concluido el presente acto y se ordena el regreso a la sede de este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ

ABG. LUIS HERNANDEZ FABIEN
LA APODERADA ACTORA


EL DEPOSITARIO
LA SECRETARIA

ABG. MARIELEN RODRIGUEZ