REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 33° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de julio de dos mil seis (2006)
196º y 147º
PARTE ACTORA: YLDA RODRIGUEZ DE GODOY
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: no compareció al acto de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno
PARTE DEMANDADA: DISTINTIVOS NACIONALES, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Airam Escalona, Doranis Palacios inscritas en el IPSA bajo el número 80.388 y 105.612 respectivamente
MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales
En horas del día de hoy, 26 de Julio del año 2006, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo anunció dicho acto en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, se deja constancia de la no compareciendo ni la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial, y por la otra parte comparecen las abogadas AIRAM ESCALONA, DORANIS PALACIOS inscritas en el IPSA bajo el numero 80.388 y 105.612 respectivamente, en su carácter de apoderadas de la empresa demandada quines consignan copia simple de poder que acredita su representación en juicio y muestra original a los fines de su certificación por secretaria. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN. CUMPLASE.
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abog. Mónica Quintero
La Secretaria
Abog. Jetsy Marcano
Las partes Presentes
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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