N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2005-000782
PARTE ACTORA: ANYELO ANTONIO ALVAREZ DUDAMEL y ENRIQUE ANTONIO RIVERO SILVA
PARTE DEMANDADA: REPROCENCA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABG° LUIS MENDEZ GAITA
MOTIVO: CIOBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA DE DESISTIMIENTO POR INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA
A LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día hábil de hoy Martes 27 de Junio de 2006, siendo las 2:30 Pm, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciada a viva voz por el Alguacil, WILMER LINAREZ, guiándose por el reloj de este Circuito Judicial, se deja expresa constancia que la parte actora ciudadanos ENRIQUE RIVERO Y ANYELO ALVAREZ, venezolano, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 15.4923.674 y 16.417.487, no comparecieron a la presente Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno Así mismo, se deja constancia de la comparecencia a este acto del Co-Apoderado Judicial de la Empresa demandada, REPROCENCA C.A, Abogado LUIS MENDEZ GUAITA inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.730, cualidad que se evidencia de poder cursante a los autos. Acto seguido la ciudadana Juez de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. El Co-Apoderado Judicial compareciente solicito copia certificada de la presente acta lo cual fue acordado por la ciudadana Jueza, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es Todo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
La Juez, La Secretaria,

Abg° Lisbeys Rojas Molina Abg° Verónica Martínez Díaz


El Co-Apoderado Judicial Presente,