REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSATANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION
SALA 102

Caracas, 20 de junio de 2006.
196° y 147°

Considerando que de la revisión del libro de presentaciones Nº III, llevado por este Juzgado se evidencia que la ultima presentación del adolescente (Identidad Omitida), expediente Nro. 05-345, fue en fecha 17-01-2006, teniendo la obligación de presentarse cada quince (15) días, en virtud de lo acordado en audiencia de fecha 27-09-2005, (folios 156 al 162, 1), asimismo se evidencia a los folios 35 al 37 de la segunda pieza, comunicación emanada de la Entidad de Atención Integral para el Adolescente No Privado de Libertad, C.A.C. “Dra Nilda Lara Peña, Circuito Nº 3, en cuanto al cumplimiento de la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, informando que el mismo no asiste desde el 02-12-2005, fecha de su última comparecencia ante el mismo, entonces en aras de ejercer un control judicial debido, estima quien decide que ese asunto debe debatirse en audiencia oral y reservada, vale decir, los motivos que ha tenido el sancionado de autos para incumplir una de las obligaciones de hacer que conforman el contenido de la medida de Imposición de Reglas de Conducta, como son sus presentaciones; en consecuencia, este Juzgado Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en el ejercicio de las atribuciones legales que le confieren los artículos 483 del Código Orgánico Procesal Penal., aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 542, 628, parágrafo segundo, literal “c”, 646 y 647 ejusdem, ACUERDA: PRIMERO: Dejar sin efecto la Entrevista fijada y en consecuencia se procede a aperturar incidencia y en tal sentido se convoca a las partes a una audiencia oral y reservada para el día: MIERCOLES 26-07-06, a las 09:35 de la mañana, a los fines de que explique los motivos por los cuales se encuentra incumpliendo el régimen de presentaciones que le fuera impuesto. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA.
LA SECRETARIA


ABG. KAREN GOMEZ
EN ESTA MISMA FECHA SE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR ESTE TRIBUNAL.
LA SECRETARIA


ABG. KAREN GOMEZ

J1°E-EXP N° 05/345/MGU/ka.-