REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION
Caracas, 08 de Junio de 2006
196° y 147°

Por recibido el presente expediente, contentivo de una (01) pieza constante de ciento cincuenta y ocho (158) folios útiles, relativo al joven-adulto(Identidad Omitida), procedente de la Unidad y Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de la Región Capital, procedente a su vez del Juzgado Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Estado Miranda; este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente en uso de las atribuciones que le confiere la Ley administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad conferida en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: Avocarse al conocimiento de la causa. SEGUNDO: Darle Entrada y anotarlo en los Libros respectivos quedando signado bajo el Nº 388-06. TERCERO: Citar al joven de autos, para el día LUNES 03-07-06, a las 9:30 de la mañana a los fines que comparezca ante este Tribunal y designe un defensor de su confianza, de conformidad con lo establecido en los artículos 654, literal “c” y 657 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. CUARTO: Abstenerse de ejecutar las sanciones impuestas por el Juzgado de Control del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda hasta tanto comparezca el joven de autos. QUINTO: Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público y Librese boleta de Citación. Provéase lo conducente. CUMPLASE.
LA JUEZ,

DRA. MARIELA GOMEZ URDANETA.
LA SECRETARIA

ABG. ARACELIS TILLERO ACUÑA.
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente auto.
LA SECRETARIA,

ABG. ARACELIS TILLERO ACUÑA
J1ºE-EXP:388-06/MGU/betania-