REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO QUINTO DE EJECUCION


Caracas, 12 de Junio de 2006
196° y 147°

Visto que en fecha 23/01/06, le fue impuesta la medida a la joven adulta (identidad omitida), la cual fuere dictada por el Juzgado Tercero en Funciones de Juicio, en fecha 21/06/05, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES EN GRADO DE COOPERADORA, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal Reformado, delito por el que se le sancionó la medida de Libertad Asistida de conformidad con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el lapso de Seis (6) Meses, este Tribunal Quinto de Ejecución acuerda aperturar una incidencia de conformidad con la competencia como así lo establece el artículo 466 de ley Ejusdem, que señala que el Juez de Ejecución puede resolver incidencias que se susciten durante la ejecución, en virtud que en fecha 23/06/06 cumple Seis (6) Meses este Tribunal en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 647 literal “e” como es la de revisar las medidas por lo menos cada Seis (6) Meses, en consecuencia acuerda PRIMERO: Fijar para el día Martes 27 de Junio de 2.006 a las 10:00 Horas de la mañana la Audiencia de Revisión, en virtud que para el día Viernes 23 de Junio del presente año, es el día del Abogado, justamente con el objeto de no vulnerarles los derechos consagrados se fija para este día. SEGUNDO: Oficiar a la ciudadana Coordinadora de la Unidad de Formación Integral “Carmen América Fernández de Leoni” Circuito Nº 3, a los fines de que le haga entrega de la boleta de notificación a la prenombrada joven. Notifíquese a las partes. CUMPLASE.-
LA JUEZA


DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL

LA SECRETARIA


ABG. RACLENYS TOVAR
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este auto.

LA SECRETARIA


ABG. RACLENYS TOVAR
Exp. Nº 282/05
MCV/RT/gbm.