REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCNETE
JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN


Caracas, 15 de Junio de 2006
196° y 147°

Visto el Oficio Nº 271/06 de fecha 05/06/06, procedente del Centro de Atención Comunitaria “Dr. Pablo Herrera Campins”, el cual riela a los folios 195 al 203 de la tercera pieza del presente expediente, mediante el cual remiten el Plan de Acción del joven: (IDENTIDAD OMITIDA),, y del mismo se evidencia que en el Área Socio-Educativa el joven manifestó estar inserto en la Misión Ribas, cursando el 2do. Semestre en el Liceo Roberto Centeno, igualmente refirió estar laborando como Ayudante mecánico, en una Empresa denominada Transporte Airoliv 3464 C.A., avalando lo manifestado con sus respectivas constancia de estudio y trabajo, las cuales fueron chequeadas y lográndose detectar que dicha versión y constancias no correspondían con la realidad; es por lo que este Juzgado Quinto de Ejecución en uso de sus atribuciones legales y por la autoridad que le confiere la Ley acuerda PRIMERO: Fijar para el día Martes 11 de julio del presente año, a las 9:30 horas de la mañana, la Audiencia para Oír al adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de que este Tribunal SEGUNDO: Librar citación al prenombrado joven por intermedio de la Dirección de Investigaciones de la Policía Metropolitana. Notifíquese a las partes. Librese lo conducente. CUMPLASE.
LA JUEZA



DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL

LA SECRETARIA


ABG. RACLENYS TOVAR

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA


ABG. RACLENYS TOVAR


Exp. Nº 308/06
MCV/RT/eb