REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO QUINTO DE EJECUCION


Caracas, 27 de Junio de 2006
196° y 147°


Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente relativo a los jóvenes: (IDENTIDAD OMITIDA) y por cuanto en fecha 26/06/06, compareció por ante la sede de este Tribunal de manera espontánea a la entrevista el joven: (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de los derechos y garantías consagrados en el artículo 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los principios que tienen los adolescentes; es por lo que este Juzgado Quinto de Ejecución en uso de las atribuciones legales acuerda PRIMERO: Fijar para el día MIERCOLES 12 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO, A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA, la Audiencia de Imposición de la Medida y Computo. SEGUNDO: Librar Boleta de Notificación al joven: (IDENTIDAD OMITIDA), por intermedio de la Dirección de Investigaciones de la Policía Metropolitana. TERCERO: En cuanto a la boleta de notificación del defensor, se acuerda esperar la respuesta del Oficio Nº 972/06 de fecha 20/06/06, dirigido a la Unidad de Defensa Pública Penal de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, mediante el cual se solicitó la designación de un defensor que asistiera al joven antes mencionado. Notifíquese a la fiscal 117º del Ministerio Publico. Provéase lo conducente. CUMPLASE.-
LA JUEZA



DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL

LA SECRETARIA


ABG. RACLENYS TOVAR
En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado en auto.


LA SECRETARIA

ABG. RACLENYS TOVAR


Exp. Nº 320/06
MCV/RT/eb.-