REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE ADOLESCENTES

CORTE SUPERIOR


Caracas, 13 de junio de 2006
196° y 147°


RESOLUCION N° 567
CAUSA N° 1As 380/06
JUEZ PONENTE: MIGUEL ANGEL SANDOVAL


ASUNTO: Sendos recursos de apelación interpuestos en fecha 22/05/06: por la ciudadana KELLYS PEREZ GARCIA, Defensora Pública 2° de esta misma sección, en contra de la decisión publicada en fecha 05/05/2006, por el Juzgado Tercero en Funciones de de Juicio de esta misma Sección, que declaró culpable al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), por la comisión del delito de Porte ilícito de Arma de Fuego, sancionándolo con la medida de reglas de conducta de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por un lapso de 1 años y 6 meses; y por el ciudadano RAFAEL ANTONIO SIVIRA FARRERAS, Fiscal 115° (E) del Ministerio Público, en contra de la citada decisión, que absuelve al mencionado adolescente de la comisión del delito de Homicidio, de conformidad con el artículo 602, literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, respectivamente.

VISTOS: Esta Corte Superior, a los fines de resolver sobre la admisibilidad de los recursos, de conformidad con lo establecido en el artículo 455, encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por disposición expresa del artículo 613, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, observa:

ÚNICO

La decisión recurrida es apelable por disposición expresa del literal d) del artículo 608 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y, los recursos por la defensa y el Fiscal del Ministerio Público, respectivamente, cumplen prima facie con los requisitos de legitimación, agravio, oportunidad y fundamentación, a que se contraen los artículos 432, 433, 435, 436 y 453 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo que se admite a trámite. Se fija para el 10° día hábil siguiente a la publicación de este auto, a las 11:00 de la mañana, la audiencia para la vista de los recurso, de conformidad con lo establecido en el articulo 455, primer aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide.








DISPOSITIVA


Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, admite a trámite los recursos de apelación. Se fija para el 10° día hábil siguiente a la publicación de este auto, a las 11:00 de la mañana, la audiencia para la vista de los recursos.


Regístrese, publíquese y notifíquese.

El Juez Presidente,


MIGUEL ANGEL SANDOVAL
Ponente



La Jueza,


MARIA ELENA GARCIA PRÜ



El Juez,


JOSE LUIS IRAZU SILVA



El Secretario,

JUAN CARLOS FIDALGO NUNES

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado

El Secretario,

JUAN CARLOS FIDALGO NUNES





CAUSA N° 1As 380/06