REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : AP21-O-2005-000070



En fecha 13-12-03, este Juzgado mediante auto (folio 518), deja expresa constancia de la imposibilidad de notificar a todos los accionados, sin embargo, se destaca que desde dicha fecha la parte querellante no ha suministrado nueva dirección para lograr poner a derecho a la parte querellada. Tal circunstancia evidencia la inactividad por mas de 06 meses de la parte actora reflejando desinterés procesal en continuar la presente causa. En consecuencia, resulta forzoso acordar lo solicitado por la Fiscal 87 ° del Ministerio Público con competencia en los Derechos y Garantías Constitucionales, por lo cual se declara la extinción de la instancia en la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Luís Manuel Mendoza, Juan Bautista Bolívar, Esteban Antonio Rodríguez Clemente y otros contra Marvin Ademis Farías Colmenares, Mailyn Carolina Añez González, Adalberto José Angulo Linares y otros.





El Juez

El Secretario

Abog. Greloisida Ojeda Nuñez


Abog. Keyu Abreu


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”