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ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000391
 PARTE ACTORA: LISETTE LUNAR
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
 PARTE DEMANDADA: “UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA”
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Víctor Lucena
 MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL
 
 En el día hábil de hoy, martes trece (13) de junio de 2006, día y hora fijado 10:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de ESTABILIDAD, incoado por la ciudadana LISETTE LUNAR contra la demandada “UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano: VÍCTOR LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 10.377.501, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.664, en su carácter apoderado judicial de la parte demandada “UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA” según  poder que aparece reflejado en el Sistema Juris 2000 y que no se encuentra agregado al expediente, e igual forma se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera  Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que a la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia, el cual fue devuelto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas trece (13) día del mes de junio de dos mil seis (2006). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 147° y 195°
 El Juez
 
 
 Abg. Franklin Porras Mendoza
 
 La Secretaria
 
 Abg. Gleiber Meza
 
 
 
 El Presente.
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
 
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