REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Novenode Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP21-S-2006-001034
N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2006-001034
PARTE ACTORA: DELMIRO SARMIENTO QUIROZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: COCIVICA CONSTRUCCIONES CIVILES, C.A,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL ANTONIO ESPINOSA VARELA
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy diecinueve de junio de dos mil seis, siendo las 11:32 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar; mientras que el apoderado judicial de la parte demandada compareció representada por el Abogado MIGUEL ANTONIO ESPINOSA VARELA, I.P.S.A. bajo el Nro. 117.781, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
El Juez
El Secretario
Abog. Arelis Jimenez M
Apoderado Judicial de la parte demandada
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”