ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-001428
PARTE ACTORA: MARIA FERNANDA DE JESUS AFONSO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ELIAS HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: CORPORACIONES VICTORY, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REINALDO MARTINEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,29 de Junio de 2006, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MARIA DE JESUS, titular de la cédula de identidad número 14.200.629 en su carácter de parte actora conjuntamente con su apoderado judicial, abogado en ejercicio ELIAS HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.403 y por la parte demandada, su apoderado judicial, abogado en ejercicio REINALDO MARTINEZ DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.275; dándose inicio a la audiencia. En este estado el apoderado judicial de la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,oo) monto éste que cubre los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, indemnización por despido, indemnización sustitutiva del preaviso, horas extras, bono nocturno, días feriados, días de descanso. En este estado, la representación judicial de la parte actora analizada la oferta hecha por la demandada acepta la misma en los términos expuestos; por lo que recibe en este acto cheque librado contra el Banco Carona, por la cantidad de Bs. 500.000,oo de la cuenta corriente número 0128-0102-57-0207177106 identificado con los números 66255309, declarando así no tener mas nada que reclamar a la demandada. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia.
El Juez


Abog. Neyiree Toledo

Parte actora


Parte Demandada



La Secretaria



“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”